Obligaciones que adquieres al firmar como Aval, Fiador u Obligado Solidario.
Obligaciones que adquieres al firmar como Aval, Fiador u Obligado
Solidario.
Alguna vez ha realizado una transacción en la que eres
aval, fiador u obligado solidario, en este artículo abordaremos esta figura
jurídica dentro del derecho mercantil y saber a que estamos obligados en cada
caso, ya que en ciertos momentos se ha creído que funcionan como sinónimos y
no es así.
Una persona que firma como Aval
Es la persona que se compromete
a respaldar a alguien en caso de impago, es decir, a pagar el total de su
deuda, esto de da dentro del Derecho Mercantil, así de esta manera se puede
aplicar en los títulos de crédito, salvo que expresamente no aparezca este
concepto y se desconozca su terminología
Por cuanto hace al Fiador
Es cuando la persona que adquiere ciertas obligaciones para
garantizar a otro individuo en un contrato de arrendamiento. Esta figura
es regulada por el Código Civil, sin embargo un fiador no puede ser obligado a
pagar, sin que antes sea requerido el deudor y se haga la debida excusión de
sus bienes, o sea, antes de cobrarle al fiador, se debe realizar un
procedimiento judicial para que el deudor pague.
Quien se ha propuesto como Obligado
solidario
Es cuando dos o más personas, tienen el compromiso de cubrir la
totalidad de la deuda que se haya adquirido. De esta manera, se tiene la
obligación en partes iguales como responsabilidad, obligación y el acreedor puede reclamar el
pago a cualquiera de ellos, esta figura
legal también es regulada por el Código Civil, Si uno de los obligados solidarios
paga la deuda por completo, tiene el derecho a exigir a los otros el pago de su
parte correspondiente según de cuantas personas se haya pactado el contrato.
Las tres figuras legales antes expuestas tiene de similitud, que quien accede a firmar se
compromete a pagar la deuda adquirida por la persona que le está solicitando su
firma, de tal manera que se asume responder por alguien con la responsabilidad
de la persona que no pagó, y se recomienda antes de plasmar tu firma
verifica qué y para quién estas compartiendo y aceptando perder parte
de tu patrimonio al ser embargado, además estás obligado a pagar la deuda por
completo y los intereses que de dicha deuda se devenguen hasta la fecha en que
sea pagada, siendo aval en caso de fallecimiento pasa de forma automática a los
herederos, te afecta directamente a tu historial crediticio.
Si te interesa más
información o asesoría legal personal, contáctanos en Facebook,
Jurídico Carmona & Asociados,
Twitter, Jurídico Carmona.