Obligaciones que adquieres al firmar como Aval, Fiador u Obligado Solidario.

Obligaciones  que adquieres  al firmar como Aval, Fiador u Obligado

Solidario.

Alguna vez  ha realizado una transacción en la que eres

aval, fiador u obligado solidario, en este artículo abordaremos esta figura

jurídica dentro del derecho mercantil y saber a que estamos obligados en cada

caso, ya  que en ciertos momentos  se ha creído que funcionan como sinónimos y

no es así.


Una persona que firma como Aval

Es la persona que  se compromete

a respaldar a alguien en caso de impago, es decir, a pagar el total de su

deuda, esto de da dentro del Derecho Mercantil, así de esta manera se puede

aplicar en los títulos de crédito, salvo que expresamente no aparezca este

concepto y se desconozca  su terminología

Por cuanto hace  al Fiador

Es cuando la persona que adquiere ciertas obligaciones para

garantizar a otro individuo en un contrato de arrendamiento. Esta figura

es regulada por el Código Civil, sin embargo un fiador no puede ser obligado a

pagar, sin que antes sea requerido el deudor y se haga la debida excusión de

sus bienes, o sea, antes de cobrarle al fiador, se debe realizar un

procedimiento judicial para que el deudor pague.

Quien se ha propuesto como Obligado

solidario

Es cuando dos o más personas, tienen el compromiso de cubrir la

totalidad de la deuda que se haya adquirido. De esta manera, se tiene la

obligación en partes iguales como responsabilidad,  obligación y el acreedor puede reclamar el

pago a cualquiera de ellos,  esta figura

legal también es regulada por el Código Civil, Si uno de los obligados solidarios

paga la deuda por completo, tiene el derecho a exigir a los otros el pago de su

parte correspondiente según de cuantas personas se haya pactado el contrato.

Las tres figuras legales antes expuestas tiene de  similitud, que quien accede a firmar se

compromete a pagar la deuda adquirida por la persona que le está solicitando su

firma, de tal manera que se asume responder por alguien con la responsabilidad

de la persona que no pagó, y se recomienda antes de plasmar tu firma

verifica  qué y para quién  estas compartiendo y aceptando perder parte

de tu patrimonio al ser embargado, además estás obligado a pagar la deuda por

completo y los intereses que de dicha deuda se devenguen hasta la fecha en que

sea pagada, siendo aval en caso de fallecimiento pasa de forma automática a los

herederos, te afecta directamente a tu historial crediticio.

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